REGLAMENTO ESCOLAR
Capítulo I. Disposiciones Generales
El presente reglamento está basado en la “Reglas de Conducta para las Escuelas de Educación Básica del Estado de Jalisco” publicado el 2 de octubre de 2012 – tomado para el ciclo escolar 2023 – 2024
ARTÍCULO 1. Las presentes reglas de conducta tienen por objeto establecer los criterios generales para la creación de una cultura de convivencia y la construcción de una disciplina con carácter educativo y socializador entre los integrantes de la comunidad educativa mediante lineamientos que serán de observancia general para todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa.
ARTÍCULO 2. Debido a la gran variedad de situaciones que se viven en el proceso educativo, en caso de que se presente una situación no prevista en el presente documento, será resuelta por la Dirección Académica de cada nivel y el Consejo Escolar Disciplinario.
ARTÍCULO 3. La demora en el pago de dos colegiaturas, causará suspensión del alumno por tiempo indefinido y hasta que se regularice su situación de pagos, de lo contrario se le extenderá carta de traslado como baja definitiva. Por lo que una vez llegado el día once de cada mes, se hará la relación de deudores, de así requerirse, se les notificará por teléfono o por escrito y el alumno no podrá ingresar a partir del día doce del mes en cuestión.
Capítulo II. Derechos y obligaciones de los alumnos
ARTÍCULO 4. Los alumnos inscritos en este plantel deberán seguir las siguientes reglas de conducta:
- Respetar, raza, credo, nacionalidad, sexo, género, ideología, cultura y demás características y particularidades tanto físicas como sociológicas de los integrantes de la comunidad escolar.
- Respetar la autoridad del personal directivo, profesores y demás integrantes del plantel escolar.
- Cumplir con los trabajos y actividades escolares que la escuela y los profesores les indiquen realizar, incluyendo en los casos de ausencia a la escuela, queda lo anterior de manera obligatoria como responsabilidad de alumno y padres de familia; en caso de no asistir las actividades deberán ser cargadas en la plataforma digital asignada según corresponda la clase.
- Estudiar y esforzarse para conseguir el máximo rendimiento académico según sus capacidades y el desarrollo de su personalidad, involucrándose plenamente en las actividades educativas.
- Llegar al plantel con los materiales y útiles que le permitan desarrollar las actividades escolares. En caso de que no presenten los materiales, el colegio se los proporcionará con un costo extra en la mensualidad de la siguiente colegiatura (únicamente para sección primaria). El alumno que haya olvidado en casa sus tareas, trabajos, se verá afectado en sus calificaciones, ya que no se le permitirá recibir en la escuela los artículos olvidados. (podrían recibirse con un costo – Multa de $50)
- En el transcurso del primer mes escolar, los alumnos deberán proveerse de la lista de útiles y libros que las autoridades de la escuela y el personal docente señala como indispensables
- En todo momento tener dentro y fuera de la escuela la conducta, modales y lenguaje adecuado (no soez, sin etiquetas negativas, burlas en general).
- En el plantel, queda prohibido cualquier manifestación de noviazgos.
- Cumplir con la asistencia, puntualidad y permanencia, como parte de su formación integral, estando a tiempo en los horarios establecidos para su atención y en los actos programados por la escuela. El ingreso de alumnos al plantel para el subsistema de secundaria será desde las 6:45 hrs., hasta las 7:00hrs. con una tolerancia de 10 minutos, la cual se considera retardo, luego de las 7:10 hrs. No se le permitirá la entrada a ningún alumno puesto que interrumpe con las clases ya iniciadas, la salida será a las 14:30hrs. Para el subsistema de primaria la entrada será la siguiente forma: de 07:30 hrs. a 7:45 hrs. con una tolerancia de 15 minutos, la cual, se considera como retardo, luego de las 08:00 hrs. No se le permitirá la entrada a ningún alumno puesto que interrumpe con las clases ya iniciadas, la salida será de 4:00 hrs. A 14:30 hrs. Nota – En el particular caso de tener hermanos en la institución, de distintos niveles, ambos podrán ingresar o salir con el horario del nivel mayor. Para el subsistema de preescolar la hora de entrada será de 08:30am a 08:45 hrs. con una tolerancia de 15 minutos, la cual, se considera como retardo, luego de las 09:00 hrs. No se le permitirá la entrada a ningún alumno puesto que interrumpe con las clases ya iniciadas, la salida será de 13:30 hrs. A 13:45 hrs.
- Comunicar a los padres de familia o tutores los avisos institucionales de la escuela dirigidos expresamente a ellos.
- El uso del teléfono celular y otros aparatos electrónicos se usará en el subsistema de secundaria los cuales permanecerán en resguardo y serán solicitados por el docente mediante un pase sólo para fines académicos. En caso contrario, que el alumno lo esconda y sea descubierto este se entregará a dirección secundaria sin responsabilidad para el personal o la institución, en caso de pérdida. Para el subsistema de preescolar y primaria está totalmente prohibido.
- Actuar con respeto hacia sus compañeros, no permitiéndose ningún tipo de violencia (física, verbal y/o emocional) ni por ningún medio. (Bullying)
- Queda estrictamente prohibido provocar pleitos o reñir dentro y en los alrededores del plantel escolar.
- Guardar las previsiones y actuar conforme a ellas sobre la seguridad.
- Portar credencial de identificación de la institución dentro de la escuela y fuera de la misma, cuando realice actividades extraescolares.
- Abstenerse de vender producto alguno dentro de la escuela, con excepciones de proyectos establecidos por el plantel.
- Respetar y cuidar las instalaciones y equipo de la escuela, haciendo uso adecuado de los bienes y servicios del plantel escolar que pone a disposición de alumnos, profesores y padres de familia.
- A cada alumno (a) se les asignará una butaca para sus clases, teniendo la obligación de cuidarlos, en caso contrario pagará los daños o desperfectos provocados, si el alumno(a) se percata de un desperfecto que él no ocasionó, tiene que avisar a su maestro(a) en turno, para deslindarse de toda responsabilidad, de lo contrario él será responsable directo.
- Los alumnos cooperarán con la institución en labores de limpieza y desinfección en su área de trabajo, para fomentar en ellos los valores de responsabilidad, disciplina y unión, así también en el caso de dejar sucio el espacio destinado para consumir sus alimentos.
- Todo alumno que raye, maltrate, o rompa una pared tendrá como sanción la reparación de la misma, entendiendo reparación como el acto de pintar o rehacer la pared completa en cualquiera de sus casos, acompañado por su papá o mamá.
- Cuando un alumno encuentre algún artículo, deberá entregarlo a su dueño, si carece de identificación que posibilite lo anterior, lo entregará a la dirección general. Es responsabilidad del alumno la búsqueda inmediata de los objetos que haya extraviado; el colegio no se hace responsable ni de la pérdida ni recuperación de los objetos perdidos. Transcurrido un mes los objetos extraviados que no sean reclamados se entregarán a personas o instituciones con necesidad. Es responsabilidad del alumno la búsqueda inmediata de los objetos, así como tener sus pertenencias marcadas con su nombre.
- Cualquier medicamento de uso controlado no puede dejarse para administrar por parte del personal de la institución y los medicamentos de uso general deben darse con la dosis al alumno para su propia toma, de igual forma darse autorización en recepción con la copia de la receta y el escrito con puño y letra por parte de mamá, papá o tutor.
Capítulo III. Uniformes y Presentación Personal
ARTÍCULO 5. Los alumnos deberán presentarse a la escuela:
- Aseados. (Niñas: uñas cortas y sin pintar, sin maquillaje y cabello en su color natural, recogido y Niños: con el cabello de su color natural, corto frente despejada y recorte en las orejas, bien peinados. Queda prohibido los cortes de cabello con figuras y líneas rasuradas).
- No perforaciones o piercings.
ARTÍCULO 6. Asistir con el uniforme completo y en buen estado. Son prendas del uniforme de uso obligatorio los siguientes:
- Uniforme Formal
- Masculino: playera institucional, pantalón institucional; suéter y chaleco institucionales, cinturón, zapatos color negro, calcetines azul marino y gafete.
- Femenino: playera institucional, falda institucional para el subsistema secundaria y para los subsistemas de primaria y preescolar usarán jumper institucional (de largo a media rodilla; habrá sanción a todas aquellas alumnas que porten la falda arriba de media rodilla), suéter y chaleco institucionales, zapatos de vestir (no botas), calcetas azul marino y gafete.
- Uniforme Deportivo
Pants institucional, playera institucional, tenis color blanco, calcetín o calcetas blancas. Los alumnos portarán el uniforme deportivo sólo en los días dispuestos para la materia de educación física; no se deben portar objetos de valor o accesorios en general durante las prácticas o ejercicios físicos, ya que su pérdida o daño, parcial o total, no será responsabilidad de los maestros ni de la institución.
- Para ingresar a realizar práctica en el laboratorio los alumnos deberán portar bata institucional y gafas de protección.
- Portar credencial de identificación de la institución cuando realice actividades y/o paseos extraescolares.
Capítulo IV. Evaluaciones y Asistencia
ARTÍCULO 7. Se realizarán exámenes y/o proyectos pedagógicos de forma trimestral sobre el contenido que marca el programa oficial de la Secretaría de Educación Pública, basado en el modelo educativo vigente. Tomando en cuenta las siguientes actividades:
- Aula invertida, ejercicios, prácticas de campo, de laboratorios y talleres, trabajos de investigación, de creación, interrogatorios, exposiciones orales, participaciones en clase, resúmenes y demás actividades educativas encomendadas por el maestro, presenciales o virtuales.
- En el subsistema de secundaria los alumnos deberán atender cada una de las indicaciones de las asignaturas establecidas en la hoja del primer día.
- En el subsistema de preescolar y primaria se entregará un encuadre durante la primera junta para avalar los criterios de evaluación de cada grado.
ARTÍCULO 8. Los exámenes y/o proyectos de las distintas materias sólo podrán ser realizados en las fechas programadas. Se harán excepciones únicamente en casos en los que la inasistencia del alumno sea justificada por cuestión de salud y casos especiales (enfermedad y/o fallecimiento de familiares); que los padres de familia o tutores hayan hecho de conocimiento a la Dirección Académica correspondiente. En el caso de ocurrir algún caso especial no escrito en este documento, se someterá la decisión al consejo disciplinario.
ARTÍCULO 9. El alumno no perderá derecho a la evaluación cuando las faltas se hayan originado por actividades académicas, culturales y/o deportivas asignadas por la institución con carácter oficial.
ARTÍCULO 10. Las calificaciones y los promedios que de las evaluaciones se generen, por asignatura, grado escolar o nivel educativo, se expresarán con un número entero, sin decimal para todas las materias.
Esto según lo expresado en el artículo 10 de los Lineamientos de Evaluación emanado por la SEP en el documento 12/06/2018 que deroga al acuerdo 696, esto durante el arranque del ciclo escolar 2019-2020, mismo que se mantiene.
ARTÍCULO 11. Para aprobar una materia, el alumno deberá obtener como mínimo, la calificación de 6 (seis); cualquier calificación menor a esta se considera reprobatoria. De igual forma para el proceso de acreditación y pasar al grado superior, cada alumno debe cumplir como mínimo con lo siguiente:
- Subsistema Preescolar: Se acreditará el grado escolar utilizando sólo el criterio de al menos 80% de asistencia.
- Subsistema Primaria:
- Tercero, cuarto, quinto y sexto grado:
- Al menos 80% de asistencia
- Calificaciones aprobatorias en Lengua Materna y Matemáticas
- Promedio general de 6 en el resto de las asignaturas de los campos de Formación Académica
- Tercero, cuarto, quinto y sexto grado:
- Subsistema Secundaria:
- Al menos 80% de asistencia
- Calificaciones aprobatorias en Lengua Materna y Matemáticas
- Promedio general de 6 en el resto de las asignaturas.
Esto según lo expresado en el artículo 12, inciso II, III y IV de los Lineamientos de Evaluación emanado por la SEP en el documento 12/06/2018 que deroga al acuerdo 696, este ciclo escolar 2019-2020, mismo que se mantiene.
Con respecto a los alumnos reprobados que no pasan al grado superior:
- Subsistema Preescolar: Queda supeditado a las condiciones del artículo anterior.
- Subsistema Primaria:
- Tercero, cuarto, quinto y sexto: El alumno podrá ser retenido en el grado cuando no haya la acreditación de lo establecido en el artículo anterior.
- Subsistema de Secundaria: El alumno tendrá que volver a cursar el grado cuando no acredite lo establecido en el artículo anterior y/o al fin del ciclo escolar tenga tres o más asignaturas no aprobadas.;.
Esto según lo expresado en el artículo 13, inciso I, I y III de los Lineamientos de Evaluación emanado por la SEP en el documento 12/06/2018 que deroga al acuerdo 696 esto durante el arranque del ciclo escolar 2019 – 2020, mismo que se mantiene.
ARTÍCULO 12. Los resultados de la evaluación deberán hacerse del conocimiento de los educandos y de los padres o tutores, a fin de que se conozcan los logros o deficiencias y se propicie la autoevaluación.
ARTÍCULO 13. Los alumnos deberán cumplir con el 80% de asistencia a hora-clase programada por trimestre, para aprobar. En el caso que los estudiantes no cumplan con este requisito, reprobarán automáticamente las asignaturas, así hayan cumplido con sus actividades escolares, así como se expresa en el artículo 12, inciso II, III y IV de los Lineamientos de Evaluación emanado por la SEP en el documento 12/06/2018 que deroga al acuerdo 696 y que se mantiene en vigor en este arranque del ciclo escolar 2019 – 2020, mismo que se mantiene, con la excepción de los alumnos que por decisión o salud, se mantengan a distancia.
ARTÍCULO 14. La justificación de cualquier falta de asistencia deberá ser entregada a la Dirección Académica correspondiente en los próximos tres días luego de su reincorporación, después de este plazo, la justificación se considerará inválida. Además de ello, la justificación de la inasistencia no exime al alumno de la obligación de cumplir con los trabajos, aula invertida, ejercicios, lecturas y demás actividades escolares que se hubiesen realizado o se hubiesen designado el día o días de faltas. El incumplimiento de tales labores y actividades, impactará directamente en la evaluación del alumno, salvo en los casos de fuerza mayor.
Capítulo V. Actos de Indisciplina y Medidas disciplinarias
ARTÍCULO 15. Toda violación a las presentes disposiciones por parte de los alumnos será considerada como un acto de indisciplina de acuerdo a la clasificación que a continuación describimos. Los actos de indisciplina darán lugar a la imposición de una medida disciplinaria por parte de la dirección académica de cada nivel.
ARTÍCULO 16. Las medidas disciplinarias que correspondan a las faltas cometidas por los alumnos contemplados en el presente reglamento tendrán como propósito apoyar la formación de la personalidad y el desarrollo de competencias educativas para el manejo de situaciones, para la convivencia y para la vida en sociedad.
ARTÍCULO 17. Los actos de indisciplina se clasifican en leves, graves y muy graves.
ARTÍCULO 18. Acto LEVE de indisciplina lo constituirá:
- No prestar la debida atención a sus actividades escolares y al maestro.
- Realizar actividades o juegos ajenos a las actividades escolares autorizados por el maestro en el salón de clase.
- Dirigirse de forma irrespetuosa a cualquier integrante de la comunidad educativa.
- Distribuir propaganda de cualquier tipo sin la autorización de la dirección académica correspondiente, por cualquier medio (presencial o virtual).
- Usar teléfonos celulares, otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros durante actividades lectivas, salvo cuando sean utilizados con fines educativos.
- Ocasionar daño y perjuicio a recursos materiales y bienes del plantel escolar, alumnos y personal escolar, de forma intencional o no intencional.
- Utilizar los equipos y material de la escuela para fines diversos a los estrictamente educativos.
ARTÍCULO 19. Las medidas disciplinarias a que estarán sujetos los alumnos conforme a la falta cometida de actos leves son:
- Diálogo con el alumno sin la presencia de sus compañeros.
- Diálogo con el grupo.
- Apercibimiento o llamada de atención verbal al alumno en privado.
- Registro en su Ficha de Incidencias como evidencia de las siguientes faltas:
- Presentación personal desalineada, maquillaje y/o cabello, tatuajes o perforaciones, permanecer en otras áreas que no sean las indicadas, comer en el salón, usar materiales distractores. Las situaciones que se presenten y que no estén previstas en este rubro, la dirección académica de cada nivel tiene la facultad de establecer la medida disciplinaria según lo amerite el caso.
- Cuando se acumulen (3) tres de estas situaciones será acreedor de un aviso de indisciplina por escrito describiendo la situación. Al tercer aviso de indisciplina el alumno será suspendido de un día de clases y/o trabajo comunitario en el caso de primaria mayor y secundaria.
- El aviso de indisciplina por escrito será devuelto con firma de padres de familia, de enterados, al día siguiente de haberlo recibido, dicho aviso se agregará al expediente de los alumnos. En caso de no traerlo firmado por sus padres al día siguiente, será acreedor de un segundo aviso y así sucesivamente hasta acumular tres avisos sin firmas, en este caso, luego del tercer aviso no entregado se realizará la suspensión de 1 día de actividades escolares sin posibilidad de entregar las actividades de las asignaturas de ese día.
No aplicará para 3 avisos de rubros diferentes.
- El alumno será el único responsable de la pérdida o daño de cualquier objeto que traiga al plantel.
- Cuando no cumpla con tareas, trabajos o material escolar en 3 ocasiones se hará acreedor a un aviso de incumplimiento de tareas, el cual deberá ser firmado por sus padres y entregado al día siguiente hábil al prefecto. Al segundo aviso por dicho incumplimiento se citará a los padres del alumno(a) para establecer alternativas de mejora continua.
- Al alumno que sea sorprendido haciendo, copiando o corrigiendo una tarea o varias durante los recesos o las clases se le recogerá el material y será cancelada la calificación de la tarea que corresponda. En caso de que sea sorprendido copiando un examen, se le retirará automáticamente y perderá la evaluación.
- Sobre el aseo personal:
Si el alumno se presenta con el cabello o las uñas fuera de lo que marca el reglamento será acreedor a una llamada de atención en ese momento y si al día siguiente se sigue presentando de igual manera no se le permitirá la entrada a la institución.
Las alumnas que se presenten maquilladas o con las uñas largas o postizas se hará acreedora a una llamada de atención y se le pedirá que se desmaquille, se corte las uñas o se las quite en caso de ser postizas y se hará acreedor a un reporte de uniforme, pero si la alumna sigue infringiendo el reglamento se les llamará a los padres de familia para que en conjunto con la dirección académica correspondiente se tomen las medidas disciplinarias necesarias para su formación.
- Si la alumna o alumno entra a la institución con piercing se le aplicará un reporte de uniforme, se le quitará y se le entregará al final del ciclo escolar.
- Dependiendo de la falta se quedará después de clases hasta las 15:00 horas, previo aviso a los padres o quienes ejerzan la patria potestad para realizar trabajo comunitario dentro de las instalaciones, en un periodo de uno a cinco días hábiles escolares, además se hace acreedor a un aviso.
- Si se sorprende a un alumno con algún objeto como teléfonos celulares o cualquier aparato electrónico fuera del lugar establecido, en sección secundaria, o en general en los niveles de primaria y preescolar, le será recogido y entregado a los padres de familia o tutor al término de la jornada escolar.
ARTÍCULO 20. Acto GRAVE de indisciplina lo constituirá:
- Realizar actos que lesionen o perjudiquen seriamente las actividades educativas.
- Cometer actos en contra de la moral y las buenas costumbres socialmente aceptadas tanto en el interior como en los alrededores de la escuela y redes sociales.
- Distribuir, poseer o consultar por cualquier medio en la escuela material pornográfico.
- Utilizar lenguaje soez, indecente o vulgar para referirse a otra persona o alumno y agredir verbalmente o por escrito a sus compañeros o a cualquier integrante de la comunidad escolar.
- Desobedecer o faltar al respeto a cualquier integrante de la comunidad escolar.
- Abandonar el salón de clase o plantel escolar sin conocimiento o autorización del maestro o de la autoridad escolar.
- Planificar y/o participar en el abandono del plantel escolar de dos o más alumnos sin autorización del maestro o de la autoridad escolar.
- No presentarse puntualmente o no asistir a su horario escolar y las actividades escolares que convoque la escuela.
- Difundir de manera virtual o ser parte de algún grupo que divulgue chisme, apodos o acciones que involucren de manera negativa, denigren o desprestigien al plantel educativo, personal de la institución o a los alumnos.
ARTÍCULO 21. Las medidas disciplinarias de actos graves a que estarán sujetos los alumnos conforme a la falta cometida son:
- Comunicación por escrito a los padres o tutores para que acudan al plantel a entrevistarse con quien corresponda, en relación con el acto de indisciplina cometido por el alumno; la comunicación y el informe de la entrevista, se agregarán al expediente del alumno.
- Tareas y actividades adicionales tendientes a concientizar al alumno respecto a su acto de indisciplina y las consecuencias del mismo.
- Amonestación por escrito al alumno con aviso al padre de familia sobre la indisciplina reincidente, misma que se agregará al expediente personal.
- Firma de carta de los padres y tutores y del alumno dirigido a la autoridad escolar, mediante la cual expresen su compromiso de contribuir con el mejoramiento de la conducta del propio alumno y aceptar el apoyo profesional especializado, donde exista la posibilidad de otorgarlo, cuando sea requerido por la dirección académica de cada nivel y el departamento de psicopedagogía, documento que se agregará al expediente.
- Suspensión de actividades escolares por 3 días hábiles, en los cuales podrá perder incluso las evaluaciones.
ARTÍCULO 22. Acto MUY GRAVE de indisciplina lo constituirá:
- Agredir al personal escolar o a cualquier integrante de la comunidad educativa.
- Llevar a cabo acoso escolar, verbal, psicológico, exclusión social, sexual y cibernética contra sus compañeros o docentes. (bullying)
- Asociarse con otros compañeros para llevar a cabo acoso, difusión de grupos sociales para el acoso a cualquier compañero, traer o probar cualquier bebida alcohólica.
- Causar o participar en disturbios vandálicos que obstruyan o afecten el servicio educativo, así como la destrucción total o parcial de las instalaciones, mobiliario y equipo de la escuela.
- Portar o usar en el plantel escolar cualquier instrumento considerado como arma blanca o de fuego, dispositivo objeto o artefacto peligroso, aun cuando no sea de los prohibidos por la legislación aplicable.
- Realizar y/o dar promoción a actividades en nombre de la escuela sin la autorización de la dirección académica correspondiente.
- Portar, consumir, vender o regalar en el plantel escolar cualquier tipo de sustancias tóxicas. No se considerará como acto de indisciplina la portación y/o consumo por parte del alumno de sustancias controladas o medicamentos recetados por un médico competente, según lo informen a la escuela los padres o tutor.
- Sustraer o apoderarse, destruir o dañar intencionalmente, dentro del plantel escolar, bienes y documentación pertenecientes a la escuela, al personal escolar, a los alumnos y demás integrantes de la comunidad escolar y terceros.
- Alterar o falsificar la firma del padre o tutor en cualquier comunicado institucional de la escuela al padre o tutor para su firma.
- Falsificar o alterar por cualquier medio físico, electrónico o mecánico, cualquier documento oficial.
- Incurrir en mentiras que perjudiquen a terceros o con la finalidad de obtener un beneficio.
- Poner en peligro con su actuación la integridad de alguna persona de la comunidad escolar.
- Distribuir de manera física o mediante el uso de aparatos electrónicos y/o redes sociales cualquier tipo de información, archivos, imágenes o audios, dañinos para los alumnos, acoso o pornografía.
ARTÍCULO 23. Las medidas disciplinarias de actos muy graves a que estarán sujetos los alumnos conforme a la falta cometida son:
- No asistencia a eventos escolares como excursiones, actividades deportivas, fiestas escolares y demás actividades similares.
- Suspensión de 3 a 5 días hábiles al alumno que reincida en actos de indisciplina, en clase específica o días escolares, realizando actividades dirigidas a reparar los daños causados o limpieza del plantel.
- Cambio de escuela en el caso donde las condiciones lo permitan, asegurando el derecho a la educación, así como lo establecido por el Artículo 182 de la Ley de Educación. (Expulsión)
La dirección académica de cada nivel o el Comité de Convivencia y Disciplina Escolar, según la falta cometida, valorará estas circunstancias y determinará la medida disciplinaria que considere más adecuada, dentro del parámetro establecido en el artículo 18 de este reglamento.
Capítulo VI. Participación de Padres de Familia
ARTÍCULO 24. Los padres o tutores serán corresponsables en la reparación de daños causados por sus hijos o tutorados en las instalaciones, equipo y mobiliario de la escuela, además de los laboratorios de robótica o cualquier material de los laboratorios.
ARTÍCULO 25. Deberán asistir a las juntas de entrega de calificaciones trimestral, las citas dadas por dirección del nivel, para apoyar y conocer sobre las dificultades y logros académicos de sus hijos e hijas.
ARTÍCULO 26: Cuando por alguna situación especial, los padres de familia requieran la salida urgente de su (s) hijo(a) (s) dentro del horario de clases, la institución no se hace responsable de que el alumno lleve su tarea anotada y/o los materiales completos para la realización de las actividades académicas en casa. Será responsabilidad expresa de los padres de familia conseguir, por sus propios medios, las indicaciones para las tareas, y la realización de las mismas se deberá hacer en el material adecuado o en materiales alternativos para cumplir con la exigencia de la fecha de entrega (no se calificarán tareas extemporáneas).
ARTÍCULO 27. Después de la jornada escolar, la conducta de los alumnos fuera de las instalaciones escolares será responsabilidad exclusiva de los padres o tutores.
ARTÍCULO 28. Sin excepción los padres de familia o tutores deberán asistir a cuatro sesiones mínimo de Escuela para Padres Ejemplares.
ARTÍCULO 29: Queda estrictamente prohibido abordar a cualquier docente durante sus guardias para tratar temas de cualquier índole. Para ello, se debe programar una cita de reunión a través de recepción.
ARTÍCULO 30: Los padres de familia están en la obligación de presentar a la institución cualquier diagnóstico clínico que presente el alumno para hacer las adecuaciones pertinentes y brindar una verdadera calidad educativa. Además de ello, están en la obligación de llevar al alumno al médico correspondiente para ser diagnosticado en caso de que alguna de las direcciones académicas o el departamento de psicopedagogía así lo requieran y solicite. Así como lo establece el enunciado 3.12 de las NORMAS ESPECÍFICAS DE CONTROL ESCOLAR RELATIVAS A LA INSCRIPCIÓN, REINSCRIPCIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN, REGULARIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA, emanada por la SEP el 12/10/2017
En el caso de los alumnos de mala conducta, los padres de familia o tutores se obligan a asistir a todas las sesiones de Escuela para Padres Ejemplares ya antes mencionadas.
Agosto de 2023